Los Derechos Humanos se distinguen por una serie de características específicas. Estos derechos son:
- Universales: cada persona tiene la misma dignidad, y nadie puede quedar excluido o ser discriminado del disfrute de estos derechos;
- Naturales: su origen no es el Estado o las leyes, sino la propia naturaleza o dignidad de la persona;
- Inalienables: ninguna persona puede renunciar a ellos ni negociarlos, y el Estado no puede disponer de los derechos de los ciudadanos;
- Inviolables: no pueden ser lesionados o destruidos, pues eso constituiría un atentado contra la dignidad de la persona;
- Obligatorios: imponen la obligación de respetarlos a toda persona y Estado, aunque no exista una ley que lo establezca;
- Indivisibles: suprimir alguno de ellos pone en peligro la vigencia de los demás.
Desde el punto de vista jurídico, los Derechos Humanos son facultades o prerrogativas que las normas constitucionales e internacionales reconocen a las personas para asegurar su dignidad, respetar su libertad y garantizar un trato igualitario para todos. Si tales derechos no son respetados por el Estado o por otras personas o grupos, el titular de esos derechos puede exigir su cumplimiento, a través del ejercicio de la ley.
No hay comentarios:
Publicar un comentario